En el expediente “PROTEGIENDO AL CONSUMIDOR C/BANCO COMAFI S.A. S/NULIDAD DE CONTRATO”, Expte. N° 6720, en trámite ante el Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 15, Secretaría única del Departamento Judicial Mar del Plata, se comunica a los clientes del BANCO COMAFI S.A. de la Provincia de Buenos Aires, personas humanas, suscriptores de un contrato de mutuo con garantía prendaria y que formen parte de la banca de consumo, que se ha celebrado un acuerdo a través del cual se implementa un método de interpelación especial mediante el envío de un mail a la dirección de correo registrada para posibilitar que el deudor consumidor se notifique del incumplimiento incurrido en caso de que ello ocurra, y se le otorga un plazo de 10 días hábiles a los fines de pagar su deuda. Los usuarios que no deseen estar comprendidos en el presente acuerdo podrán manifestar su voluntad de apartarse de la solución adoptada en los términos del art. 54 de la Ley 24.240, ingresando en
https://www.comafi.com.ar/contactolegal/, seleccionando la opción “Autoexclusión”, para completar el formulario que le aparecerá, informando: (i) número de expediente 6720, (ii) nombre y apellido, (iii) número de DNI, (iv) remitir/subir imagen de su DNI y (v) e-mail, o a través de una nota a presentar ante la entidad bancaria, quedando expedita de esa forma la vía individual. El texto del acuerdo y de la sentencia homologatoria podrán ser consultados en el sitio web del BANCO COMAFI S.A.
https://www.comafi.com.ar
Acuerdo Conciliatorio: descargar aquí
Resolución Homologatoria: descargar aquí