Si desea informar el fallecimiento de un cliente del Banco:
- Se debe dirigir a la sucursal de la cuenta con el certificado de defunción. Se enviará luego una nota al domicilio del titular como constancia del cierre por fallecimiento.
- Si la caja de ahorros, sólo tiene un titular (fallecido), se procederá al cierre de la cuenta.
- En caso de existir fondos en la caja de Ahorros, el saldo de la cuenta quedará inmovilizado hasta que se expida el Juzgado interviniente en la sucesión, a fin de entregar los mismos a quien corresponda.
- Si la caja de ahorros, posee más de un titular, deberá regularizarse la titularidad de la cuenta.
- Además, en caso de que el titular fuera un jubilado, todo aquel beneficio jubilatorio o pensión que ingrese a la cuenta con posterioridad a la fecha de fallecimiento del titular no debe ser cobrado y, en caso de haber sido retirado por el apoderado, deberá ser devuelto al Banco para que éste lo remita a la ANSES.